Reagrupación familiar
La reagrupación familiar es un mecanismo que permite a los extranjeros residentes en España traer consigo a determinados miembros de su familia. Es bastante habitual que la persona que acude al territorio español, por ejemplo por motivos laborales, tenga a su cónyuge, hijos u otros familiares cercanos en su país de origen. Así pues, es de vital importancia para esta persona poder reagrupar a dichos miembros. La Unión Europea, consciente de esta necesidad, que es asimismo un derecho, ha creado un procedimiento específico sobre esta cuestión. La norma principal que regula la materia es la Directiva 2003/86/CE, sobre el Derecho a la reagrupación familiar.
Tengamos en cuenta que este procedimiento no es necesario ni se aplicará a los miembros de la familia que sean ciudadanos de la Unión Europea. Cuando una persona es considerada legalmente ciudadano comunitario, tiene libertad de circulación por todos los países de la UE. Esto implica, en resumen, que podrá reunirse con otras personas y viajar por los países de la UE sin necesidad de obtener ningún visado. El procedimiento que aquí explicamos va referido, sobre todo, a personas que quieren reagrupar a miembros familiares que no viven en la Unión Europea.
No todos los familiares son susceptibles de ser reagrupados, sino únicamente aquellos con un parentesco más cercano. En concreto, se podrán reagrupar a las siguientes personas:
- Cónyuge del residente o su pareja estable equivalente (pareja de hecho).
- Hijos en común de la pareja. También es posible reagrupar a los hijos de solo uno de los miembros de la pareja, siempre que estén a su cargo.
- Ascendientes, tanto los que corresponden al residente (padres) como a los de su pareja (suegros).
En cuanto a la documentación a aportar, habrá que contar con que se solicitará una serie de documentos, destinados sobre todo a comprobar que el solicitante dispone de una vivienda adecuada para los miembros que va a reagrupar, medios económicos suficientes, que tiene permiso de residencia en España para al menos un año, etc. Como cada caso tiene unas características particulares, es importante ponerse en manos de un abogado para que analice la situación concreta y nos pueda ayudar de la mejor forma posible.
El trámite de reagrupación familiar es algo más complicado que otros trámites administrativos, ya que requiere más documentación, tanto del propio solicitante como de las personas que quiere reagrupar. Por eso, es más que recomendable acudir a un abogado de extranjería para que nos ayude desde el primer momento, resolviendo nuestras dudas y realizando el trámite. Además, una vez que se ha completado la reagrupación, también será necesario hacer otros trámites adicionales para los miembros de la familia que acaben de llegar a España.
Le recomendamos que si tiene a un miembro de su familia en otro país no comunitario, contacte con nuestro Despacho de abogados Fuerteventura, donde le ayudaremos a realizar la reagrupación familiar.
Además, trataremos de que el proceso sea lo más sencillo posible para usted, de forma que no tenga que preocuparse y que el trámite esté completado en el menor tiempo posible. Si quiere solicitar una cita, puede hacerlo a través de los diferentes teléfonos que hemos habilitado. También encontrará un correo electrónico y un formulario web, si prefiere dejarnos sus datos cómodamente y que seamos nosotros quienes nos pongamos en contacto con usted. A partir de ahí, podrá elegir si prefiere una cita presencial o si está interesado en una videoconferencia.
En cualquiera de los casos, le garantizamos la máxima confidencialidad en el tratamiento de sus datos y una atención personalizada y de alta calidad, gracias a que estamos especializados en Derecho de extranjería.